0306.35.00
Camarones y gambas de agua fría (Pandalus spp., Crangon crangon)
Este código cubre camarones y langostinos de agua fría (Pandalus spp., Crangon crangon), tanto con cáscara como pelados. Utilice este código al importar estos crustáceos específicos, ya que el arancel es generalmente libre para socios comerciales estándar y se encuentra dentro de la categoría más amplia de peces y crustáceos detallada en el Capítulo 3.

Medios HTS
Esta partida se encuentra en el Capítulo 3, que cubre peces y crustáceos, moluscos y otros invertebrados acuáticos. El código 0306.35.00 cubre específicamente camarones y gambas de agua fría vivos, frescos o refrigerados (Pandalus spp., Crangon crangon). Las importaciones se dividen además según si los camarones tienen cáscara (0306.35.00.20) o están pelados (0306.35.00.40), y la presentación estadística requiere el uso del sufijo apropiado para indicar la forma del producto; asegúrese de seleccionar el sufijo correcto basándose en si los camarones tienen cáscara o están pelados, según lo especificado en la Nota Estadística 1. Las importaciones de camarones también están sujetas a las disposiciones descritas en la sección 609 de la Ley Pública 101-162.
| Capítulo | Capítulo 3: Fish and crustaceans, molluscs and other aquatic invertebrates |
| Sección | Sección I: Live Animals; Animal Products |
Resumen de aranceles
Vista rápida de la información arancelaria disponible para este código HTS.
Free
Standard trade partners (NTR)
No disponible
Eligible FTA or preference programs
La tasa general de deber para el código HTS 0306.35.00 y sus subdivisiones (0306.35.00.20 y 0306.35.00.40) es gratuita, aplicable a importaciones de socios comerciales estándar (NTR). No se especifican tasas especiales, pero la elegibilidad para Acuerdos de Libre Comercio (FTAs) o programas de preferencia puede ofrecer tasas de deber reducidas o cero si la importación califica. Todas las transacciones deben reportarse en kilogramos (kg). La Nota Estadística 1 se aplica a las importaciones de camarón o productos de camarón bajo la sección 609 de la Ley Pública 101-162.
Tasa de Deber (Columna 2): Gratuito
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Subdivisiones del Código
0306.35.00.20
Crustáceos, ya estén en cáscara o no, vivos, frescos, refrigerados, congelados, secos, salados o en salmuera; crustáceos ahumados, ya estén en cáscara o no, ya estén o no cocidos antes o durante el proceso de ahumado; crustáceos, en cáscara, cocidos al vapor o hirviendo en agua, ya estén o no refrigerados, congelados, secos, salados o en salmuera: > Vivos, frescos o refrigerados: > Gambas y langostinos de agua fría (Pandalus spp., Crangon crangon) > Con cáscara, importados de conformidad con la nota estadística 1 de este capítulo
0306.35.00.40
Crustáceos, con o sin cáscara, vivos, frescos, refrigerados, congelados, secos, salados o en salmuera; crustáceos ahumados, con o sin cáscara, ya sea cocidos antes o durante el proceso de ahumado; crustáceos, con cáscara, cocidos al vapor o hirviendo en agua, ya sea refrigerados, congelados, secos, salados o en salmuera: > Vivos, frescos o refrigerados: > Gambas y langostinos de agua fría (Pandalus spp., Crangon crangon) > Pelados, importados de conformidad con la nota estadística 1 de este capítulo
Notas de Capítulo y Sección
Notas del Capítulo
Notas de la Sección
Última actualización
Actualizado por última vez
November 15, 2025
Revised every January & July
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