1006.20.40
Otro
El código HTS 1006.20.40 cubre arroz pelado (marrón) que no entra en categorías más específicas. Este código se utiliza para la clasificación de importación/exportación dentro del Capítulo 10 (Cereales) y tiene un arancel general de 2.1¢/kg, aunque se aplican tarifas preferenciales —incluido el arancel cero— a mercancías de ciertos socios comerciales o aquellas cubiertas por programas de TLC.

Medios HTS
Este código arancelario se encuentra dentro del Capítulo 10, que cubre los cereales, y aborda específicamente el arroz. El código 1006.20.40 cubre el arroz pelado (integral) que no se especifica en otro lugar. Se puede realizar un informe más detallado utilizando sufijos estadísticos, como 1006.20.40.25 para arroz Jasmine de grano largo, 1006.20.40.35 para otros arroces de grano largo, o códigos para grano medio, grano corto y mezclas, lo que permite una categorización más precisa del tipo de arroz integral que se está reportando.
| Capítulo | Capítulo 10: Cereals |
| Sección | Sección II: Vegetable Products |
Resumen de aranceles
Vista rápida de la información arancelaria disponible para este código HTS.
2.1¢/kg
Standard trade partners (NTR)
Free (A+,AU,BH,CL,CO,D,E, IL,JO,KR,MA,OM,P,PA,PE,S, SG)
Eligible FTA or preference programs
El arancel para el código HTS 1006.20.40 (y todas sus subdivisiones como 1006.20.40.25, 1006.20.40.35 etc.) se calcula en kilogramos. La tasa arancelaria general es de 2.1¢ por kg, aplicable a las importaciones de países sin un acuerdo comercial preferencial con EE. UU. (Socios comerciales estándar/NTR). Sin embargo, se aplica una tasa libre de aranceles a las importaciones de países elegibles que participan en Acuerdos de Libre Comercio o programas de preferencia (A+, AU, BH, CL, CO, D, E, IL, JO, KR, MA, OM, P, PA, PE, S, SG). Estas tasas especiales dependen del cumplimiento de los requisitos del FTA o programa de preferencia específico. El arancel se aplica por igual a todas las subdivisiones de 1006.20.40, independientemente del tipo de grano (Jazmín, grano largo, grano medio, etc.) o mezcla.
Tasa de Deber (Columna 2): 3.3¢/kg
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Subdivisiones del Código
1006.20.40.25
Arroz: > Arroz blanco (marrón): > Otro > Grano largo: > Jazmín
1006.20.40.35
Arroz: > Arroz blanco (integral): > Otro > Grano largo: > Otro
1006.20.40.40
Arroz: > Arroz blanco (marrón): > Otro > Grano mediano
1006.20.40.60
Arroz: > Arroz blanco (marrón): > Otro > Grano corto
1006.20.40.80
Arroz: > Arroz sin cáscara (marrón): > Otros > Mezclas de cualquiera de los anteriores
Notas de Capítulo y Sección
Notas del Capítulo
Notas de la Sección
Última actualización
Actualizado por última vez
November 15, 2025
Revised every January & July
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