Aviso FSC: EE. UU. $4.796/gal - LTL 42.30%, TL 45.80%; CA $6.126/gal - LTL 56.20%, TL 59.70% - Semana del 7/15/26 al 7/21/26 — Más información

    2610.00.00

    Minerales y concentrados de cromo

    Este código cubre minerales y concentrados de cromo, categorizados por su contenido de óxido crómico. Utilice este código al importar estos materiales, ya que el arancel actualmente es libre para socios comerciales estándar, y esta clasificación se encuentra dentro de la sección más amplia de la tarifa aduanera que trata sobre minerales, escorias y cenizas.

    Minerales y concentrados de cromo

    Medios HTS

    Esta sección del Arancel Armonizado cubre los minerales y concentrados de cromo, que son minerales utilizados en metalurgia para extraer cromo. El código específico 2610.00.00 abarca todos los minerales y concentrados de cromo, divididos además por contenido de cromo en subdivisiones para 40% o menos, entre 40% y 46%, y 46% o más de óxido crómico. Al informar cantidades, incluya tanto toneladas métricas como toneladas de Cr2O3. Para informes estadísticos, pueden ser necesarios múltiples códigos de diez dígitos si el material contiene más de un metal denominado, con el peso y el valor reportados bajo cada código aplicable.

    CapítuloCapítulo 26: Ores, slag and ash
    SecciónSección V: Mineral Products

    Resumen de aranceles

    Vista rápida de la información arancelaria disponible para este código HTS.

    Arancel General

    Free

    Standard trade partners (NTR)

    Arancel Especial

    No disponible

    Eligible FTA or preference programs

    La tasa general de derecho para minerales y concentrados de cromo (HTS 2610.00.00) es libre, aplicándose a todas las subdivisiones (2610.00.00.20, 2610.00.00.40 y 2610.00.00.60) independientemente del contenido de cromo. No se especifica una tasa especial, pero la elegibilidad para FTA o programas de preferencia puede proporcionar tasas de derecho reducidas o cero si los bienes califican y se proporciona la documentación apropiada. Las cantidades deben reportarse en toneladas métricas ('t') o toneladas métricas de Cr2O3 ('Cr2O3 t'). Esta estructura arancelaria se aplica consistentemente en todas las subdivisiones de contenido de cromo detalladas dentro de este código HTS.

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    Subdivisiones del Código

    2610.00.00.20

    Minerales y concentrados de cromo > Teniendo un contenido de cromo equivalente a no más del cuarenta por ciento de óxido crómico ($\text{Cr}_2\text{O}_3$)

    2610.00.00.40

    Minerales y concentrados de cromo > Teniendo un contenido de cromo equivalente a más del 40 por ciento pero menos del 46 por ciento de óxido crómico ($\text{Cr}_2\text{O}_3$)

    2610.00.00.60

    Minerales y concentrados de cromo > Teniendo un contenido de cromo equivalente al 46 por ciento o más de óxido crómico ($\text{Cr}_2\text{O}_3$)

    Notas de Capítulo y Sección

    Notas del Capítulo

    Arancel Armonizado de los Estados Unidos Revisión 29 (2025) Anotado para Fines de Informes Estadísticos CAPÍTULO 26 MINERAS, ESCORIAS Y CENIZAS V 26-1 Notas 1. Este capítulo no cubre: (a) Escorias o residuos industriales similares preparados como macadam (partida 2517); (b) Carbonato de magnesio natural (magnesita), ya sea calcinado o no (partida 2519); (c) Lodos de los tanques de almacenamiento de aceites de petróleo, compuestos principalmente por dichos aceites (partida 2710); (d) Escorias básicas del capítulo 31; (e) Lana de escoria, lana de roca o lanas minerales similares (partida 6806); (f) Desperdicios o chatarra de metales preciosos o de metal recubierto de metal precioso; otros desperdicios o chatarra que contengan metales preciosos o compuestos de metales preciosos, de tipo utilizado principalmente para la recuperación de metales preciosos (partida 7112 o 8549); o (g) Matas de cobre, níquel o cobalto producidas por cualquier proceso de fundición (sección XV). 2. A efectos de las partidas 2601 a 2617, el término "mineras" significa minerales de especies mineralógicas utilizados en la industria metalúrgica para la extracción de mercurio, de los metales de la partida 2844 o de los metales de la sección XIV o XV, incluso si están destinados a fines no metalúrgicos. Sin embargo, las partidas 2601 a 2617 no incluyen minerales que hayan sido sometidos a procesos no normales para la industria metalúrgica. 3. La partida 2620 se aplica únicamente a: (a) Escorias, cenizas y residuos de tipo utilizados en la industria ya sea para la extracción de metales o como base para la fabricación de compuestos químicos de metales, excluyendo cenizas y residuos de la incineración de residuos municipales (partida 2621); y (b) Escorias, cenizas y residuos que contengan arsénico, ya sea que contengan metales o no, de tipo utilizados ya sea para la extracción de arsénico o metales o para la fabricación de sus compuestos químicos. Notas de Subpartida 1. A efectos de la subpartida 2620.21.00, "lodos de gasolina con plomo y lodos de compuestos antidetonantes con plomo" significa lodos obtenidos de tanques de almacenamiento de gasolina con plomo y compuestos antidetonantes con plomo (por ejemplo, tetraetilplomo), y compuestos esencialmente de plomo, compuestos de plomo y óxido de hierro. 2. Las escorias, cenizas y residuos que contengan arsénico, mercurio, talio o sus mezclas, de tipo utilizados para la extracción de arsénico o esos metales o para la fabricación de sus compuestos químicos, se clasificarán en la subpartida 2620.60. Notas Adicionales de EE. UU. 1. Las tasas arancelarias específicas impuestas en virtud de las partidas de este capítulo sobre el contenido metálico de las mineras y otros materiales se aplicarán a la cantidad de ensayo del metal contenido en ellos, ya sea recuperado como metales, como aleaciones o como compuestos químicos o utilizado directamente en la fabricación de artículos, excepto que con respecto a las mineras u otros materiales previstos en este capítulo que estén sujetos a aranceles a tasas específicas sobre su contenido de cobre, plomo o zinc, se permitirá una deducción absoluta por pérdidas de 18 kg por tonelada métrica seca de las respectivas cantidades de cada uno de dichos contenidos metálicos. 2. Cuando la clasificación de los materiales importados bajo cualquier disposición de este capítulo depende del porcentaje de contenido metálico, dicho porcentaje será la relación de la cantidad total del respectivo contenido metálico a la cantidad total del material importado cuando se calcule sobre una base de peso seco; es decir, libre de toda humedad no combinada. Notas Estadísticas 1. La cantidad de contenido metálico a reportar será la cantidad de ensayo sin deducciones. 2. A efectos de la subpartida 2601.11.0060, el término "grueso" se refiere a las mineras de hierro con una mayoría de partículas individuales con un diámetro superior a 4.75 mm. Arancel Armonizado de los Estados Unidos Revisión 29 (2025) Anotado para Fines de Informes Estadísticos V 26-2 Notas Estadísticas (continuación) 3. A efectos de cualquiera de los diez números de informe estadístico que aparecen bajo las subpartidas de ocho dígitos 2603.00.00, 2604.00.00, 2607.00.00, 2608.00.00, 2616.10.00, 2616.90.00, 2620.19.60, 2620.21.00, 2620.29.00 o 2620.30.00, y los diez números de informe estadístico 2620.99.7560 y 2620.99.7580 para la subpartida de ocho dígitos que especifica que se debe reportar un contenido metálico denominado, el peso y el valor de dicho metal contenido en cualquier envío de las mineras, concentrados, escorias, cenizas o residuos ingresados bajo dicha subpartida se reportarán bajo cada número de informe estadístico aplicable. Si un producto cubierto por una de estas disposiciones incluye más de un metal denominado, sería necesario ingresar múltiples subpartidas de diez dígitos con el peso y el valor de cada metal indicado bajo la subpartida de diez dígitos apropiada. Arancel Armonizado de los Estados Unidos Revisión 29 (2025) Anotado para Fines de Informes Estadísticos V 26-3

    Notas de la Sección

    SECCIÓN V PRODUCTOS MINERALES V-1 Arancel Armonizado de los Estados Unidos Revisión 29 (2025) Anotado para Fines de Informes Estadísticos V-2 Arancel Armonizado de los Estados Unidos Revisión 29 (2025) Anotado para Fines de Informes Estadísticos

    Última actualización

    Actualizado por última vez

    November 15, 2025

    Revised every January & July

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