Aviso FSC: EE. UU. $4.796/gal - LTL 42.30%, TL 45.80%; CA $6.126/gal - LTL 56.20%, TL 59.70% - Semana del 7/15/26 al 7/21/26 — Más información

    4104.19.10

    Cuero superior; forro de cuero

    Este código cubre cuero bovino/equino curtido o en costra, específicamente cuero de capa y forro en estado húmedo con una superficie no superior a 2.6 m2. Utilice este código al importar este tipo de cuero, que generalmente ingresa a EE. UU. libre de aranceles con estatus de socio comercial estándar o bajo acuerdos de libre comercio elegibles, como se detalla en el Capítulo 41.

    Cuero superior; forro de cuero

    Medios HTS

    Este código se encuentra dentro del capítulo que cubre pieles crudas, cueros, cuero y artículos derivados. Específicamente, el 4104.19.10 cubre cuero bovino/equino curtido o en costra que no tiene pelo, no está partido y en estado húmedo, con un área superficial unitaria no superior a 28 pies cuadrados. Este código se divide además en 4104.19.10.20 para cuero superior y 4104.19.10.40 para cuero de forro; elija el sufijo estadístico apropiado según el tipo de cuero que se esté reportando. Recuerde reportar las cantidades en metros cuadrados.

    CapítuloCapítulo 41: Raw hides and skins (other than furskins) and leather
    SecciónSección VIII: Raw Hides and Skins, Leather, Furskins and Articles Thereof; Saddlery and Harness; Travel Goods, Han

    Resumen de aranceles

    Vista rápida de la información arancelaria disponible para este código HTS.

    Arancel General

    Free

    Standard trade partners (NTR)

    Arancel Especial

    No disponible

    Eligible FTA or preference programs

    La tasa general de derecho para el código HTS 4104.19.10 y sus subdivisiones, 4104.19.10.20 (Cuero superior) y 4104.19.10.40 (Cuero de forro), es Libre, lo que significa que no se aplica ningún derecho a las mercancías originarias de socios comerciales estándar (NTR). No se especifican tasas especiales, pero la elegibilidad para posibles programas de TLC o de preferencia podría ofrecer derechos reducidos o eliminados, supeditado al cumplimiento de las reglas de origen para dichos programas. Las unidades de reporte son en metros cuadrados (m2) y deben usarse al declarar importaciones bajo este código.

    Tasa de Servicio (Columna 2): 15%

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    Subdivisiones del Código

    4104.19.10.20

    Pieles y cueros curtidos o crudos de animales bovinos (incluidos búfalos) o equinos, sin pelo, ya estén partidos o no, pero sin preparar más: > En estado húmedo (incluido húmedo-azul): > Otros: > Cuero bovino entero, de una superficie unitaria no superior a 28 pies cuadrados (2,6 m2): > Cuero superior; cuero de forro > Cuero superior

    4104.19.10.40

    Pieles y cueros curtidos o crudos de animales bovinos (incluidos búfalos) o equinos, sin pelo, ya estén partidos o no, pero sin preparar más: > En estado húmedo (incluido húmedo-azul): > Otros: > Cuero bovino entero, de un área superficial no superior a 28 pies cuadrados (2.6 m2): > Cuero superior; cuero de forro > Cuero de forro

    Notas de Capítulo y Sección

    Notas del Capítulo

    Arancel Armonizado de los Estados Unidos Revisión 29 (2025) Anotado para Fines de Informes Estadísticos CAPÍTULO 41 PIEL Y CUERO EN BRUTO (EXCEPTO PIEL DE PELUCHE) VIII 41-1 Notas 1. Este capítulo no cubre: (a) Recortes o desperdicios similares de pieles en bruto (partida 0511); (b) Pieles de aves o partes de pieles de aves, con sus plumas o plumón, de la partida 0505 o 6701; o (c) Pieles o cueros, con el pelo o la lana, en bruto, curtidos o preparados (capítulo 43); sin embargo, las siguientes se clasificarán en el capítulo 41, a saber, pieles y cueros en bruto con el pelo o la lana, de animales bovinos (incluidos búfalos), de animales equinos, de ovejas o corderos (excepto corderos de Astrakhan, Broadtail, Caracul, persa o similares, corderos indios, chinos, mongoles o tibetanos), de cabras o cabritos (excepto cabras y cabritos de Yemen, mongoles o tibetanos), de cerdos (incluidos pecaríes), de chamois, de gacela, de camellos (incluidos dromedarios), de renos, de alces, de ciervos, de corzos o de perros. 2. (a) Las partidas 4104 a 4106 no cubren pieles y cueros que hayan sido sometidos a un proceso de curtido (incluido el precurtido) que sea reversible (partidas 4101 a 4103, según corresponda). (b) A efectos de las partidas 4104 a 4106, el término "corcho" incluye pieles y cueros que hayan sido retratados, coloreados o engrasados (rellenados) antes de secarse. 3. A lo largo del arancel, la expresión "cuero compuesto" significa únicamente las sustancias del tipo referido en la partida 4115. Nota Adicional de EE. UU. 1. El término "elegante" (fancy) aplicado al cuero significa cuero que ha sido estampado, impreso o decorado de cualquier manera o en cualquier medida (incluido el cuero en el que se ha acentuado el grano original mediante cualquier proceso, pero excluyendo el cuero de la subpartida 4114.20). Arancel Armonizado de los Estados Unidos Revisión 29 (2025) Anotado para Fines de Informes Estadísticos VIII 41-2

    Notas de la Sección

    SECCIÓN VIII PIELAS Y CUERPOS EN BRUTO, CUERO, PIELAS DE FUR Y ARTÍCULOS DE LOS MISMOS; SELLERÍA Y ARNES; ARTÍCULOS DE VIAJE, BOLSONES Y CONTENEDORES SIMILARES; ARTÍCULOS DE INTESTINO ANIMAL (EXCEPTO INTESTINO DE GUSANO DE SEDA) VIII-1 Arancel Armonizado de los Estados Unidos Revisión 29 (2025) Anotado para Fines de Informes Estadísticos VIII-2 Arancel Armonizado de los Estados Unidos Revisión 29 (2025) Anotado para Fines de Informes Estadísticos

    Última actualización

    Actualizado por última vez

    November 15, 2025

    Revised every January & July

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