Aviso FSC: EE. UU. $4.796/gal - LTL 42.30%, TL 45.80%; CA $6.126/gal - LTL 56.20%, TL 59.70% - Semana del 7/15/26 al 7/21/26 — Más información

    4411.13.90

    Otro

    Este código cubre el tablero de fibra de densidad media (MDF) de entre 5 y 9 mm de espesor, clasificado como "otro" dentro de los materiales de tableros de fibra. Utilice este código al importar este tipo específico de panel a base de madera, teniendo en cuenta que se aplica un derecho general del 3.9% a menos que los bienes califiquen para beneficios de libre comercio de países elegibles.

    Otro

    Medios HTS

    Esta clasificación arancelaria se encuentra dentro del Capítulo 44, que cubre la madera y los artículos de madera, incluyendo el aglomerado. Específicamente, este código, 4411.13.90, concierne al tablero de fibra de densidad media (MDF) con un espesor superior a 5 mm pero no superior a 9 mm, categorizado como 'otros'. Este código tiene dos sufijos estadísticos: 4411.13.90.10 para molduras de madera estándar y 4411.13.90.90 para todo otro MDF no designado específicamente como moldura; elija el sufijo que describa con precisión el tipo específico de aglomerado que se está reportando.

    CapítuloCapítulo 44: Wood and articles of wood; wood charcoal
    SecciónSección IX: Wood and Articles of Wood; Wood Charcoal; Cork and Articles of Cork; Manufactures of Straw, of Espar

    Resumen de aranceles

    Vista rápida de la información arancelaria disponible para este código HTS.

    Arancel General

    3.90%

    Standard trade partners (NTR)

    Arancel Especial

    Free (A,AU,BH,CL,CO,D,E,IL,JO,KR,MA,OM,P,PA,PE,S,SG)

    Eligible FTA or preference programs

    La tasa general de arancel para el código HTS 4411.13.90 y sus subdivisiones (4411.13.90.10 y 4411.13.90.90) es del 3.90%, aplicable a importaciones de países sin acuerdos comerciales específicos. Sin embargo, una tasa de arancel del 0% (Libre) se aplica a mercancías originarias de países con acuerdos de libre comercio (FTA) o programas de preferencia elegibles, incluyendo Australia (AU), Bahrein (BH), Chile (CL), Colombia (CO) y otros listados. Todas las importaciones bajo este código HTS deben reportarse en metros cúbicos (m3). No se especifica si se aplican tasas diferentes a las subdivisiones más allá de las tasas del código principal.

    Tasa de Servicio (Columna 2): 45%

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    Subdivisiones del Código

    4411.13.90.10

    Tablero de fibra de madera u otros materiales lignocelulósicos, con o sin aglutinantes de resinas u otras sustancias orgánicas: > Tablero de fibra de densidad media (MDF): > De un espesor superior a 5 mm pero no superior a 9 mm: > Otros: > Otros: > Otros > Moldura de madera estándar

    4411.13.90.90

    Tablero de fibra de madera u otros materiales lignocelulósicos, ya sea que esté o no unido con resinas u otras sustancias orgánicas: > Tablero de fibra de densidad media (MDF): > De un espesor superior a 5 mm pero no superior a 9 mm: > Otros: > Otros: > Otros > Otros

    Notas de Capítulo y Sección

    Notas del Capítulo

    Arancel Armonizado de los Estados Unidos Revisión 29 (2025) Anotado para Fines de Informes Estadísticos CAPÍTULO 44 MADERA Y ARTÍCULOS DE MADERA; CARBÓN DE MADERA IX 44-1 Notas 1. Este capítulo no cubre: (a) Madera, en astillas, virutas, triturada, molida o en polvo, de una clase utilizada principalmente en perfumería, farmacia o con fines insecticidas, fungicidas o similares (partida 1211); (b) Bambú u otros materiales de naturaleza leñosa de una clase utilizada principalmente para trenzar, en bruto, ya sea partido, aserrado longitudinalmente o cortado a longitud (partida 1401); (c) Madera, en astillas, virutas, triturada o en polvo, de una clase utilizada principalmente en teñido o curtido (partida 1404); (d) Carbón activado (partida 3802); (e) Artículos de la partida 4202; (f) Mercancías del capítulo 46; (g) Calzado o partes del mismo del capítulo 64; (h) Mercancías del capítulo 66 (por ejemplo, paraguas y bastones de paseo y partes de los mismos); (ij) Mercancías de la partida 6808; (k) Joyería de imitación de la partida 7117; (l) Mercancías de la sección XVI o de la sección XVII (por ejemplo, piezas de máquinas, estuches, cubiertas, armarios para máquinas y aparatos y artículos de carpinteros); (m) Mercancías de la sección XVIII (por ejemplo, cajas de relojes e instrumentos musicales y partes de los mismos); (n) Partes de armas de fuego (partida 9305); (o) Artículos del capítulo 94 (por ejemplo, muebles, luminarias y accesorios de iluminación, edificios prefabricados); (p) Artículos del capítulo 95 (por ejemplo, juguetes, juegos, equipos deportivos); (q) Artículos del capítulo 96 (por ejemplo, pipas de fumar y partes de las mismas, botones, lápices y monopodes, bipodes, trípodes y artículos similares) excluyendo cuerpos y mangos, de madera, para artículos de la partida 9603; o (r) Artículos del capítulo 97 (por ejemplo, obras de arte). 2. En este capítulo, la expresión "madera densificada" significa madera que ha sido sometida a tratamiento químico o físico (siendo, en el caso de capas unidas, un tratamiento superior al necesario para asegurar una buena unión), y que por ello ha adquirido una densidad o dureza aumentada junto con una resistencia mecánica o a agentes químicos o eléctricos mejorada. 3. Las partidas 4414 a 4421 se aplican a artículos de las respectivas descripciones de tableros de partículas o tableros similares, tableros de fibra, madera laminada o madera densificada, según se apliquen a dichos artículos de madera. 4. Los productos de las partidas 4410, 4411 o 4412 pueden trabajarse para formar las formas previstas con respecto a los artículos de la partida 4409, curvas, corrugadas, perforadas, cortadas o moldeadas en formas distintas de cuadradas o rectangulares o sometidas a cualquier otra operación siempre que no les confiera el carácter de artículos de otras partidas. 5. La partida 4417 no se aplica a herramientas en las que la hoja, el filo de trabajo, la superficie de trabajo u otra parte de trabajo esté formada por cualquiera de los materiales especificados en la nota 1 del capítulo 82. 6. Sujeto a la nota 1 anterior y excepto cuando el contexto exija lo contrario, cualquier referencia a "madera" en una partida de este capítulo se aplica también al bambú y a otros materiales de naturaleza leñosa. Arancel Armonizado de los Estados Unidos Revisión 29 (2025) Anotado para Fines de Informes Estadísticos IX 44-2 Notas de Subpartida 1. A efectos de la subpartida 4401.31, la expresión "pellets de madera" significa subproductos como virutas de corte, aserrín o astillas, de la industria de procesamiento mecánico de madera, de la industria de fabricación de muebles u otras actividades de transformación de madera, que han sido aglomerados ya sea directamente por compresión o por la adición de un aglutinante en una proporción no superior al 3 por peso. Dichos pellets son cilíndricos, con un diámetro no superior a 25 mm y una longitud no superior a 100 mm. 2. A efectos de la subpartida 4401.32, la expresión "briquetas de madera" significa subproductos como virutas de corte, aserrín o astillas, de la industria de procesamiento mecánico de madera, de la fabricación de muebles u otras actividades de transformación de madera, que han sido aglomerados ya sea directamente por compresión o por la adición de un aglutinante en una proporción no superior al 3 por peso. Dichas briquetas son de forma cúbica, poliédrica o cilíndrica con la dimensión transversal mínima superior a 25 mm. 3. A efectos de la subpartida 4407.13, "S-P-F" se refiere a madera procedente de masas mixtas de abeto, pino y abeto rojo donde la proporción de cada especie varía y es desconocida. 4. A efectos de la subpartida 4407.14, "Abeto de cola" se refiere a madera procedente de masas mixtas de tsuga occidental y abeto donde la proporción de cada especie varía y es desconocida. Notas Adicionales de EE. UU. 1. En este capítulo: (a) El término "desperdicio de madera" significa material residual distinto de leña resultante del procesamiento de madera, incluyendo recortes, virutas, aserrín, recortes de chapa, rechazos de trituradora y residuos de madera pequeños similares, así como tipos sólidos residuales más grandes o más gruesos como tablones, bordes, piezas de descarte y núcleos de troncos de chapa; (b) El término "molduras de madera estándar" significa molduras de madera trabajadas según un patrón y con el mismo perfil en sección transversal a lo largo de su longitud; y (c) El término "superficie cubierta", aplicado a los artículos de las partidas 4411 y 4412, significa que una o más superficies exteriores de un producto han sido tratadas con creosota u otros conservantes de madera, o con rellenos, selladores, ceras, aceites, tintes, barnices, pinturas o esmaltes, o han sido recubiertas con papel, tela, plásticos, metal base u otro material. 2. La efectividad de la disposición de la sección 304(a)(3)(J) de la Ley de Aranceles de 1930 (19 U.S.C. 1304(a)(3)(J)), en la medida permitida por dicha sección y según lo dispuesto en el anexo XX del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio, está suspendida, con el resultado de que la madera aserrada y los troncos aserrados, sin embargo, los postes de madera para teléfono, tranvía, luz eléctrica y telégrafo y los paquetes de tejas, distintos de las tejas de cedro rojo, no estarán obligados a estar marcados para indicar el país de origen. 3. La partida 4409 incluye artículos con un diseño repetitivo trabajado a lo largo de cualquier borde o cara. 4. La partida 4418 incluye: (a) listones de madera perforados o escuadrados; y (b) paneles de suelo ensamblados multicapa con una chapa de cara de 4 mm o más de espesor. Nota Estadística 1. A efectos de la partida 4407, el término "en bruto" incluye la madera que ha sido bordeada, reserrada, cortada transversalmente o recortada a tamaños más pequeños, pero no incluye la madera que ha sido cepillada o enchapada por cepillado en uno o más bordes o caras o que ha sido pegada por el borde o por el extremo. Arancel Armonizado de los Estados Unidos Revisión 29 (2025) Anotado para Fines de Informes Estadísticos IX 44-3

    Notas de la Sección

    SECCIÓN IX MADERA Y ARTÍCULOS DE MADERA; CARBÓN DE MADERA; CORCHO Y ARTÍCULOS DE CORCHO; MANUFACTURES DE PACA, DE ESPARTO O DE OTROS MATERIALES DE TEJIDO; CESTAS Y ARTESANÍA DE MIMBRE IX-1 Arancel Armonizado de los Estados Unidos Revisión 29 (2025) Anotado para Fines de Informes Estadísticos IX-2 Arancel Armonizado de los Estados Unidos Revisión 29 (2025) Anotado para Fines de Informes Estadísticos

    Última actualización

    Actualizado por última vez

    November 15, 2025

    Revised every January & July

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