Aviso FSC: EE. UU. $4.796/gal - LTL 42.30%, TL 45.80%; CA $6.126/gal - LTL 56.20%, TL 59.70% - Semana del 7/15/26 al 7/21/26 — Más información

    6216.00.29

    Que contenga un cincuenta por ciento o más en peso de algodón, fibras artificiales o cualquier combinación de las mismas

    Este código cubre prendas de vestir y accesorios de ropa, detallando específicamente las normas para artículos como chaquetas, pantalones y trajes. Se utiliza para clasificar estas mercancías para la importación, determinando los tipos arancelarios aplicables y asegurando la correcta ubicación dentro de la nomenclatura arancelaria; esencialmente, cuánto impuesto se paga y dónde encaja el artículo dentro del sistema de importación.

    Que contenga un cincuenta por ciento o más en peso de algodón, fibras artificiales o cualquier combinación de las mismas

    Medios HTS

    Esta sección del Arancel Armonizado cubre artículos de prendas de vestir y accesorios de vestimenta, no tejidos ni a crochet, abarcando artículos como trajes, chaquetas, pantalones y faldas. Específicamente, el código 6203.43.1110 detalla trajes de hombre o de niño que contienen más del 50% en peso de lana o que contienen pelo animal, con chaqueta y pantalón. Se utilizan sufijos estadísticos para características específicas del producto, como la composición de la tela o los procesos de fabricación; elija el sufijo apropiado basándose en los materiales y detalles de construcción de la prenda para garantizar una recopilación de datos precisa.

    CapítuloCapítulo 62: Articles of apparel and clothing accessories, not knitted or crocheted
    SecciónSección XI: Textile and Textile Articles

    Resumen de aranceles

    Vista rápida de la información arancelaria disponible para este código HTS.

    Arancel General

    13%

    Standard trade partners (NTR)

    Arancel Especial

    Free (AU,BH, CL,CO,E*,IL,JO, KR,MA,OM, P,PA,PE,S,SG)

    Eligible FTA or preference programs

    La tasa general de derecho para la partida 6203.29 es del 16.9% ad valorem, aplicable al algodón tejido que contenga un 85% o más en peso de algodón. Las subdivisiones dentro de esta partida pueden tener tasas específicas; por ejemplo, 6203.29.20 tiene una tasa del 16.9%, mientras que otras subdivisiones pueden no estar especificadas. También hay posibles tasas especiales bajo Acuerdos de Libre Comercio (ALC); estas tasas varían dependiendo del país de origen y del ALC específico, pero podrían ser libres de derechos. La presentación de informes estadísticos se basa en kilogramos o unidades de medida según corresponda. No se especifica si se aplican otras tasas especiales además de los ALC.

    Tasa de Servicio (Columna 2): 25%

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    Subdivisiones del Código

    6216.00.29.10

    Guantes, mitones y manoplas: > Impregnados, recubiertos o cubiertos con plásticos o caucho: > Otros: > Con forquilletas: > Que contengan un cincuenta por ciento o más en peso de algodón, fibras artificiales o cualquier combinación de las mismas > Sujeto a restricciones de algodón (331)

    6216.00.29.25

    Guantes, manoplas y mitones: > Impregnados, recubiertos o cubiertos con plásticos o caucho: > Otros: > Con forquilletas: > Conteniendo un cincuenta por ciento o más en peso de algodón, fibras artificiales o cualquier combinación de las mismas > Sujeto a restricciones de fibras artificiales (631)

    6216.00.29.30

    Guantes, mitones y manoplas: > Impregnados, recubiertos o cubiertos con plásticos o caucho: > Otros: > Con forquilletas: > Que contengan un 50 por ciento o más en peso de algodón, fibras artificiales o cualquier combinación de las mismas > Otros (831)

    Notas de Capítulo y Sección

    Notas del Capítulo

    Arancel Armonizado de los Estados Unidos Revisión 29 (2025) Anotado para Fines de Informes Estadísticos CAPÍTULO 62 PRENDAS DE VESTIR Y ACCESORIOS DE ROPA, NO TEJIDOS NI A GANCHILLO XI 62-1 Notas 1. Este capítulo se aplica únicamente a artículos confeccionados de cualquier tejido textil que no sea relleno, excluyendo artículos tejidos o a ganchillo (distintos de los de la partida 6212). 2. Este capítulo no cubre: (a) Ropa usada u otros artículos usados de la partida 6309; (b) Aparatos ortopédicos, cinturones quirúrgicos, arneses o similares (partida 9021). 3. Para los fines de las partidas 6203 y 6204: (a) El término "traje" significa un conjunto de prendas compuesto por dos o tres piezas confeccionadas, en lo que respecta a su superficie exterior, piezas confeccionadas en tejido idéntico, y que comprenden: - una chaqueta o saco de traje cuya cubierta exterior, excluyendo las mangas, consiste en cuatro o más paneles, diseñada para cubrir la parte superior del cuerpo, posiblemente con un chaleco a medida adicional cuyo frente está hecho del mismo tejido que la superficie exterior de los otros componentes del conjunto y cuyo dorso está hecho del mismo tejido que el forro de la chaqueta o saco de traje; y - una prenda diseñada para cubrir la parte inferior del cuerpo y que consiste en pantalones, calzones o pantalones cortos (distintos de los trajes de baño), una falda o una falda dividida, sin tirantes ni petos. Todos los componentes de un "traje" deben ser de la misma confección de tejido, color y composición; también deben ser del mismo estilo y de talla correspondiente o compatible. Sin embargo, estos componentes pueden tener ribetes (una tira de tela cosida en la costura) de un tejido diferente. Si varios componentes separados para cubrir el área de la parte inferior del cuerpo se presentan juntos (por ejemplo, dos pares de pantalones o pantalones y pantalones cortos, o una falda o falda dividida y pantalones), la parte inferior constituyente será un par de pantalones, o, en el caso de trajes de mujer o niña, la falda o falda dividida, considerando las otras prendas por separado. El término "traje" incluye los siguientes conjuntos de prendas, independientemente de si cumplen todas las condiciones anteriores: - traje de mañana, que comprende una chaqueta lisa (corte abierto) con colas redondeadas que cuelgan bien hacia atrás y pantalones a rayas; - traje de noche (frac), generalmente hecho de tela negra, cuya chaqueta es relativamente corta por delante, no se cierra y tiene faldas estrechas cortadas a la altura de las caderas y que cuelgan por detrás; - trajes de chaqueta de cena, en los que la chaqueta es similar en estilo a una chaqueta ordinaria (aunque quizás muestre más el frente de la camisa), pero tiene solapas de seda brillante o imitación de seda. (b) El término "conjunto" significa un conjunto de prendas (distintos de trajes y artículos de la partida 6207 o 6208) compuesto por varias piezas confeccionadas en tejido idéntico, destinado a la venta al por menor, y que comprende: - una prenda diseñada para cubrir la parte superior del cuerpo, con la excepción de los chalecos que también pueden formar una segunda prenda superior, y - una o dos prendas diferentes, diseñadas para cubrir la parte inferior del cuerpo y que consisten en pantalones, petos y tirantes, calzones, pantalones cortos (distintos de los trajes de baño), una falda o una falda dividida. Todos los componentes de un conjunto deben ser de la misma confección de tejido, estilo, color y composición; también deben ser de talla correspondiente o compatible. El término "conjunto" no se aplica a trajes de correr o trajes de esquí de la partida 6211. 4. Las partidas 6205 y 6206 no cubren prendas con bolsillos debajo de la cintura, con cintura acanalada u otros medios de ajuste en la parte inferior de la prenda. La partida 6205 no cubre prendas sin mangas. Las "camisas" y las "blusas de camisa" son prendas diseñadas para cubrir la parte superior del cuerpo, con mangas largas o cortas y una abertura completa o parcial que comienza en el escote. Las "blusas" son prendas holgadas diseñadas también para cubrir la parte superior del cuerpo, pero pueden ser sin mangas y con o sin abertura en el escote. Las "camisas", "blusas de camisa" y "blusas" también pueden tener cuello. Arancel Armonizado de los Estados Unidos Revisión 29 (2025) Anotado para Fines de Informes Estadísticos XI 62-2 Notas (continuación) 5. Para los fines de la partida 6209: (a) La expresión "prendas de bebé y accesorios de ropa" significa artículos para niños pequeños con una altura corporal no superior a 86 centímetros; (b) Los artículos que son clasificables, a primera vista, tanto en la partida 6209 como en otras partidas de este capítulo se clasificarán en la partida 6209. 6. Las prendas que son clasificables, a primera vista, tanto en la partida 6210 como en otras partidas de este capítulo, excluyendo la partida 6209, se clasificarán en la partida 6210. 7. Para los fines de la partida 6211, "trajes de esquí" significa prendas o conjuntos de prendas que, por su apariencia general y textura, son identificables como destinadas a ser usadas principalmente para esquí (de fondo o alpino). Consisten en: (a) Un "mono de esquí", es decir, una prenda de una pieza diseñada para cubrir la parte superior e inferior del cuerpo; además de mangas y cuello, el mono de esquí puede tener bolsillos o tiras para los pies; o (b) Un "conjunto de esquí", es decir, un conjunto de prendas compuesto por dos o tres piezas, destinado a la venta al por menor y que comprende: - una prenda como un anorak, cortavientos o artículo similar, cerrado por una cremallera, posiblemente con un chaleco adicional, y - un par de pantalones, ya sea que se extienda por encima del nivel de la cintura, un par de calzones o un mono de petos y tirantes. El "conjunto de esquí" también puede consistir en un mono similar al mencionado en el párrafo (a) anterior y un tipo de chaqueta acolchada sin mangas usada sobre el mono. Todos los componentes de un "conjunto de esquí" deben estar confeccionados en un tejido de la misma textura, estilo y composición, independientemente de si son del mismo color; también deben ser de talla correspondiente o compatible. 8. Las bufandas y artículos de tipo bufanda, cuadrados o aproximadamente cuadrados, de los cuales ningún lado excede los 60 centímetros, se clasificarán como pañuelos (partida 6213). Los pañuelos de los cuales cualquier lado excede los 60 centímetros se clasificarán en la partida 6214. 9. Las prendas de este capítulo diseñadas para cierre de izquierda sobre derecha por delante se considerarán prendas de hombre o de niño, y aquellas diseñadas para cierre de derecha sobre izquierda por delante como prendas de mujer o de niña. Estas disposiciones no se aplican cuando el corte de la prenda indica claramente que está diseñada para uno u otro sexo. Las prendas que no pueden identificarse como prendas de hombre o niño o como prendas de mujer o niña se clasificarán en las partidas que cubren las prendas de mujer o niña. 10. Los artículos de este capítulo pueden estar hechos de hilo metálico. Notas Adicionales de EE. UU. 1. Para los fines de la partida 6209, el término "conjuntos" significa dos o más prendas diferentes de las partidas 6111, 6209 o 6505 importadas juntas, de tallas correspondientes y destinadas a ser usadas juntas por la misma persona. 2. Para los fines de las subpartidas 6201.30.40, 6201.30.70, 6201.40.45, 6201.40.70, 6202.30.40, 6202.30.70, 6202.40.45, 6202.40.70, 6203.41.01, 6203.41.25, 6203.43.03, 6203.43.11, 6203.43.55, 6203.4

    Notas de la Sección

    SECCIÓN XI TEXTILES Y ARTÍCULOS TEXTILES XI-1 Notas 1. Esta sección no cubre: (a) Cerdas o pelo para hacer cepillos de origen animal (partida 0502); pelo de caballo o restos de pelo de caballo (partida 0511); (b) Pelo humano o artículos de pelo humano (partida 0501, 6703 o 6704), excepto tela filtrante o tamizadora de tipo comúnmente utilizado en prensas de aceite o similares (partida 5911); (c) Pelusa de algodón u otros materiales vegetales de

    Última actualización

    Actualizado por última vez

    November 15, 2025

    Revised every January & July

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