Aviso FSC: EE. UU. $4.796/gal - LTL 42.30%, TL 45.80%; CA $6.126/gal - LTL 56.20%, TL 59.70% - Semana del 7/15/26 al 7/21/26 — Más información

    6305.32.00

    Contenedores a granel intermedios flexibles

    Este código cubre contenedores a granel intermedios flexibles – sacos y bolsas grandes hechos de textiles artificiales utilizados para empaquetar mercancías. Utilice este código para importar estos contenedores, teniendo en cuenta que se aplica un arancel general del 8.40%, aunque pueden aplicarse tasas preferenciales o incluso exención de aranceles para mercancías originarias de ciertos países con los que EE. UU. tiene acuerdos comerciales.

    Contenedores a granel intermedios flexibles

    Medios HTS

    El Capítulo 63 cubre artículos textiles manufacturados, y esta disposición específica, 6305.32.00, se refiere a contenedores intermedios flexibles —esencialmente sacos y bolsas grandes utilizados para empaquetar mercancías, hechos de textiles artificiales. Este código se desglosa además en dos sufijos de informe estadístico: 6305.32.00.10 para contenedores que pesan un kg o más, y 6305.32.00.20 para todos los demás contenedores, así que elija el sufijo que refleje con precisión el peso del artículo que se está reportando. Los aranceles son generalmente del 8.40%, pero pueden ser libres para mercancías originarias de países específicos que participan en acuerdos de libre comercio o programas de preferencia elegibles.

    CapítuloCapítulo 63: Other made up textile articles; sets; worn clothing and worn textile articles; rags
    SecciónSección XI: Textile and Textile Articles

    Resumen de aranceles

    Vista rápida de la información arancelaria disponible para este código HTS.

    Arancel General

    8.40%

    Standard trade partners (NTR)

    Arancel Especial

    Free (AU,BH, CL,CO,IL,JO,KR, MA,OM,P, PA,PE,S,SG)

    Eligible FTA or preference programs

    La tasa general de arancel para el código HTS 6305.32.00 y sus subdivisiones, 6305.32.00.10 y 6305.32.00.20, es del 8.40% y se aplica a las mercancías originarias de países sin un acuerdo comercial preferencial con EE. UU. Sin embargo, países específicos—Australia, Bahrain, Chile, Colombia, Israel, Jordania, Corea, Marruecos, Omán, Panamá, Perú, Singapur—califican para una tasa arancelaria del 0% bajo Acuerdos de Libre Comercio o programas de preferencia elegibles. Todas las importaciones bajo este código HTS deben reportarse en kilogramos (kg). No hay una tasa arancelaria especificada ni información para los países no enumerados como tasas especiales.

    Tasa de Servicio (Columna 2): 103%

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    Subdivisiones del Código

    6305.32.00.10

    Sacos y bolsas, de un tipo utilizado para el embalaje de mercancías: > De materiales textiles manufacturados: > Contenedores intermedios flexibles > Con un peso de un kg o más (669)

    6305.32.00.20

    Sacos y bolsas, de un tipo utilizado para el embalaje de mercancías: > De materiales textiles fabricados por el hombre: > Contenedores intermedios flexibles > Otros (669)

    Notas de Capítulo y Sección

    Notas del Capítulo

    Arancel Armonizado de los Estados Unidos Revisión 29 (2025) Anotado para Fines de Informes Estadísticos CAPÍTULO 63 OTROS ARTÍCULOS TEXTILES CONFECCIONADOS; JUEGOS DE COSTURA; PRENDAS DE USO USADO Y ARTÍCULOS TEXTILES USADOS; TRAPOS XI 63-1 Notas 1. El subcapítulo 1 se aplica únicamente a artículos confeccionados, de cualquier tejido textil. 2. El subcapítulo 1 no cubre: (a) Mercancías de los capítulos 56 a 62; o (b) Prendas de vestir usadas u otros artículos usados de la partida 6309. 3. La partida 6309 se aplica únicamente a las siguientes mercancías: (a) Artículos de materiales textiles: (i) Prendas de vestir y accesorios de prendas de vestir, y partes de las mismas; (ii) Mantas y alfombras de viaje; (iii) Ropa de cama, ropa de mesa, ropa de baño y ropa de cocina; (iv) Mobiliario, excepto alfombras de las partidas 5701 a 5705 y tapices de la partida 5805. (b) Calzado y sombreros de cualquier material que no sea amianto. Para ser clasificados en esta partida, los artículos mencionados anteriormente deben cumplir con ambos de los siguientes requisitos: (i) Deben mostrar signos de desgaste apreciable; y (ii) Deben entrar a granel o en fardos, sacos o embalajes similares. Nota de Subpartida 1. La subpartida 6304.20 cubre artículos hechos de tejidos de punto de trama, impregnados o recubiertos con alfa-cipremetrina (ISO), clorfenapir (ISO), deltametrina (INN, ISO), lambda-cihalotrina (ISO), permetrina (ISO) o pirimiphosmetilo (ISO). Arancel Armonizado de los Estados Unidos Revisión 29 (2025) Anotado para Fines de Informes Estadísticos XI 63-2

    Notas de la Sección

    SECCIÓN XI TEXTILES Y ARTÍCULOS TEXTILES XI-1 Notas 1. Esta sección no cubre: (a) Cerdas o pelo de cepillado animal (partida 0502); pelo de caballo o residuos de pelo de caballo (partida 0511); (b) Pelo humano o artículos de pelo humano (partida 0501, 6703 o 6704), excepto tela filtrante o tamizadora de tipo comúnmente utilizado en prensas de aceite o similares (partida 5911); (c) Pelusas de algodón u otros materiales vegetales de

    Última actualización

    Actualizado por última vez

    November 15, 2025

    Revised every January & July

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