Aviso FSC: EE. UU. $4.796/gal - LTL 42.30%, TL 45.80%; CA $6.126/gal - LTL 56.20%, TL 59.70% - Semana del 7/15/26 al 7/21/26 — Más información

    6807.90.00

    Otro

    Este código cubre artículos hechos de asfalto o materiales similares como betún de petróleo y alquitrán de hulla. Utilice este código para estos productos, teniendo en cuenta que se aplica un arancel general del 2.7%, aunque puede estar disponible el arancel libre para mercancías procedentes de países elegibles con los que EE. UU. tiene acuerdos comerciales.

    Otro

    Medios HTS

    Este código se encuentra dentro de la categoría más amplia de artículos hechos de asfalto o materiales similares, como betún de petróleo o alquitrán de hulla, según lo definido en el Capítulo 68. Específicamente, 6807.90.00 cubre artículos "otros" dentro de esta categoría no especificados en otra parte. Este código tiene dos subdivisiones: 6807.90.00.10 para artículos de techado o revestimiento y 6807.90.00.50 para todos los demás artículos no especificados, por lo que elija el sufijo estadístico que mejor se ajuste al uso previsto del artículo. El arancel es generalmente del 2.7%, pero puede ser libre para mercancías originarias de ciertos países con los que EE. UU. tiene acuerdos de libre comercio o programas de preferencia.

    CapítuloCapítulo 68: Articles of stone, plaster, cement, asbestos, mica or similar materials
    SecciónSección XIII: Articles of Stone, Plaster, Cement, Asbestos, Mica or Similar Materials; Ceramic Products; Glass and

    Resumen de aranceles

    Vista rápida de la información arancelaria disponible para este código HTS.

    Arancel General

    2.70%

    Standard trade partners (NTR)

    Arancel Especial

    Free (A,AU,BH,CL,CO,D,E,IL,JO,KR,MA,OM,P,PA,PE,S,SG)

    Eligible FTA or preference programs

    La tasa general de derecho para el código HTS 6807.90.00 y sus subdivisiones (6807.90.00.10 y 6807.90.00.50) es del 2.70%, aplicable a mercancías originarias de países sin un acuerdo comercial preferencial especificado. Sin embargo, las mercancías originarias de A, AU, BH, CL, CO, D, E, IL, JO, KR, MA, OM, P, PA, PE, S o SG pueden ser elegibles para una tasa de derecho libre bajo programas específicos de TLC o de preferencia. Todas las importaciones bajo este código se reportan en kilogramos (kg). No se especifica información sobre valores mínimos u otras condiciones para las tasas de derecho.

    Tasa de Servicio (Columna 2): 35%

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    Subdivisiones del Código

    6807.90.00.10

    Artículos de asfalto o de material similar (por ejemplo, betún de petróleo o alquitrán de hulla): > Otros > Artículos de tipo utilizados para techado o revestimiento

    6807.90.00.50

    Artículos de asfalto o de material similar (por ejemplo, betún de petróleo o alquitrán de hulla): > Otro > Otro

    Notas de Capítulo y Sección

    Notas del Capítulo

    Arancel Armonizado de los Estados Unidos Revisión 29 (2025) Anotado para Fines de Informes Estadísticos CAPÍTULO 68 ARTÍCULOS DE PIEDRA, ENCOCADO, CEMENTO, ASBESTO, MICA O MATERIALES SIMILARES XIII 68-1 Notas 1. Este capítulo no cubre: (a) Mercancías del capítulo 25; (b) Papel y cartón recubiertos, impregnados o cubiertos de la partida 4810 o 4811 (por ejemplo, papel y cartón recubiertos con polvo de mica o grafito, papel y cartón bituminizado o asfaltado); (c) Tejidos textiles recubiertos, impregnados o cubiertos del capítulo 56 o 59 (por ejemplo, tejido recubierto o cubierto con polvo de mica, tejido bituminizado o asfaltado); (d) Artículos del capítulo 71; (e) Herramientas o partes de herramientas, del capítulo 82; (f) Piedras litográficas de la partida 8442; (g) Aislantes eléctricos (partida 8546) o accesorios de material aislante de la partida 8547; (h) Brocas dentales (partida 9018); (ij) Artículos del capítulo 91 (por ejemplo, relojes y cajas de relojes); (k) Artículos del capítulo 94 (por ejemplo, muebles, luminarias y accesorios de iluminación, edificios prefabricados); (l) Artículos del capítulo 95 (por ejemplo, juguetes, juegos y equipos deportivos); (m) Artículos de la partida 9602, si están hechos de materiales especificados en la nota 2(b) del capítulo 96, o de la partida 9606 (por ejemplo, botones), de la partida 9609 (por ejemplo, lápices de pizarra), partida 9610 (por ejemplo, pizarras de dibujo) o de la partida 9620 (monopodes, bipodes, trípodes y artículos similares); o (n) Artículos del capítulo 97 (por ejemplo, obras de arte). 2. En la partida 6802 la expresión "piedra monumental o de construcción trabajada" se aplica no solo a las variedades de piedra mencionadas en las partidas 2515 o 2516, sino también a toda otra piedra natural (por ejemplo, cuarcita, sílex, dolomita y estearita) trabajada de manera similar; sin embargo, no se aplica a la pizarra. Notas Adicionales de EE. UU. 1. A efectos de la partida 6802, el término "losas" abarca piezas de piedra planas, de más de 5.1 cm de espesor, con un área facial de 25.8 cm² o más, cuyos bordes no han sido biselados, redondeados o procesados de otra manera, excepto el procesamiento necesario para facilitar la instalación como azulejos o revestimiento en la construcción. 2. A efectos de la partida 6810, el término "azulejos" no incluye ningún artículo de 3.2 cm de espesor o más. Arancel Armonizado de los Estados Unidos Revisión 29 (2025) Anotado para Fines de Informes Estadísticos XIII 68-2

    Notas de la Sección

    SECCIÓN XIII ARTÍCULOS DE PIEDRA, YESO, CEMENTO, ASBESTO, MICA O MATERIALES SIMILARES; PRODUCTOS CERÁMICOS; VIDRIO Y ARTÍCULOS DE VIDRIO XIII-1 Arancel Armonizado de los Estados Unidos Revisión 29 (2025) Anotado para Fines de Informes Estadísticos XIII-2 Arancel Armonizado de los Estados Unidos Revisión 29 (2025) Anotado para Fines de Informes Estadísticos

    Última actualización

    Actualizado por última vez

    November 15, 2025

    Revised every January & July

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