7004.90.25
Midiendo más de 2 pero no más de 3.5 mm de grosor
Este código cubre láminas de vidrio soplado y moldeado, específicamente aquellas que miden más de 2 pero no más de 3.5 mm de espesor. Utilice este código al importar este tipo de vidrio, teniendo en cuenta un derecho general del 0.7¢/kg o potencialmente libre de impuestos dependiendo del país de origen y los acuerdos comerciales aplicables.

Medios HTS
Este arancel cubre vidrio y artículos de vidrio, específicamente láminas de vidrio soplado o moldeado que no han sido sometidas a trabajos adicionales significativos. El código 7004.90.25 se aplica a estas láminas de vidrio que miden más de 2 mm pero no exceden los 3.5 mm de espesor, y tienen forma rectangular. Existe un desglose adicional basado en el área: 7004.90.25.10 cubre láminas de hasta 0.26 m2, 7004.90.25.20 cubre láminas entre 0.26 y 0.58 m2, y 7004.90.25.50 se aplica a láminas que superan los 0.58 m2, por lo que elija el sufijo estadístico según el área de la lámina de vidrio.
| Capítulo | Capítulo 70: Glass and glassware |
| Sección | Sección XIII: Articles of Stone, Plaster, Cement, Asbestos, Mica or Similar Materials; Ceramic Products; Glass and |
Resumen de aranceles
Vista rápida de la información arancelaria disponible para este código HTS.
0.7¢/kg
Standard trade partners (NTR)
Free (A,AU,BH,CL,CO,D,E,IL,JO,KR,MA,OM,P,PA,PE,S,SG)
Eligible FTA or preference programs
La tasa general de arancel para el código HTS 7004.90.25 y sus subdivisiones (7004.90.25.10, 7004.90.25.20 y 7004.90.25.50) es de 0.7¢ por kilogramo. Esta tasa se aplica a las importaciones de países sin un acuerdo de libre comercio o programa de preferencia especificado. Sin embargo, se aplica una tasa libre de aranceles a las importaciones originarias de países que incluyen (pero no se limitan a) Australia, Bahrein, Canadá, Costa Rica, República Dominicana, El Salvador, Israel, Japón, Jordania, Corea, Marruecos, Omán, Panamá, Perú y Singapur, siempre que cumplan con los requisitos de elegibilidad de dichos programas. Las unidades de reporte son metros cuadrados (m2) y kilogramos (kg). No se especifican tasas especiales ni aranceles adicionales más allá de las tasas generales y de los programas de TLC/preferencia.
Tasa de Deber (Columna 2): 5.3¢/kg
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Subdivisiones del Código
7004.90.25.10
Vidrio dibujado y vidrio soplado, en láminas, con o sin capa absorbente, reflectante o no reflectante, pero no trabajado de otra manera: > Otro vidrio: > En forma rectangular: > Con un espesor superior a 2 pero no superior a 3,5 mm > Con un área no superior a 0,26 m²
7004.90.25.20
Vidrio dibujado y vidrio soplado, en láminas, con o sin capa absorbente, reflectante o no reflectante, pero no trabajado de otra manera: > Otro vidrio: > En forma rectangular: > Con un espesor superior a 2 pero no superior a 3,5 mm > Con una superficie superior a 0,26 pero no superior a 0,58 m2
7004.90.25.50
Vidrio dibujado y vidrio soplado, en láminas, con o sin capa absorbente, reflectante o no reflectante, pero no trabajado de otra manera: > Otro vidrio: > En forma rectangular: > Con un espesor superior a 2 pero no superior a 3,5 mm > Con una superficie superior a 0,58 m²
Notas de Capítulo y Sección
Notas del Capítulo
Notas de la Sección
Última actualización
Actualizado por última vez
November 15, 2025
Revised every January & July
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