Aviso FSC: EE. UU. $4.796/gal - LTL 42.30%, TL 45.80%; CA $6.126/gal - LTL 56.20%, TL 59.70% - Semana del 7/15/26 al 7/21/26 — Más información

    8703.40.00

    Otros vehículos, con motor de pistón de combustión interna de encendido por chispa y motor eléctrico como motores de propulsión, distintos de aquellos que pueden ser cargados conectándose a una fuente externa de energía eléctrica

    Este código cubre automóviles y otros vehículos diseñados para el transporte de personas, específicamente aquellos con motor de encendido por chispa y motor eléctrico, pero *no* híbridos enchufables ni vehículos eléctricos. Utilice este código al importar estos vehículos para determinar el arancel aplicable del 2.5% para socios comerciales estándar, o arancel libre si es elegible para acuerdos comerciales específicos, según se detalla en el Capítulo 87.

    Otros vehículos, con motor de pistón de combustión interna de encendido por chispa y motor eléctrico como motores de propulsión, distintos de aquellos que pueden ser cargados conectándose a una fuente externa de energía eléctrica

    Medios HTS

    Esta clasificación arancelaria se encuentra dentro del Capítulo 87, que cubre vehículos distintos de los destinados a ferrocarriles o tranvías, así como sus piezas y accesorios. Específicamente, el código 8703.40.00 cubre automóviles de motor y otros vehículos diseñados para el transporte de personas, que cuentan tanto con un motor de encendido por chispa como con un motor eléctrico, pero que *no* son capaces de conectarse para cargarse. Existen numerosos sufijos estadísticos para especificar aún más el vehículo en función de la cilindrada del motor (superior a 1.000 cc o no), si es una autocaravana, su estado (nuevo o usado) y, si es nuevo, el número de cilindros del motor; elija el sufijo que refleje con precisión estas características del vehículo que se está clasificando.

    CapítuloCapítulo 87: Vehicles other than railway or tramway rolling stock, and parts and accessories thereof
    SecciónSección XVII: Vehicles, Aircraft, Vessels and Associated Transport Equipment

    Resumen de aranceles

    Vista rápida de la información arancelaria disponible para este código HTS.

    Arancel General

    2.50%

    Standard trade partners (NTR)

    Arancel Especial

    Free (A+,AU,B,BH,CL,CO,D,E,IL,JO,KR,MA,OM,P,PA,PE,S,SG)

    Eligible FTA or preference programs

    La tasa general de arancel para el código HTS 8703.40.00 es del 2.50%, aplicable a vehículos que cumplan con la descripción a menos que se aplique una tasa especial. Varios países (A+, AU, B, BH, CL, CO, D, E, IL, JO, KR, MA, OM, P, PA, PE, S, SG) califican para una tasa arancelaria gratuita (0%) si las mercancías se originan en esos países y cumplen con otros requisitos del TLC/programa de preferencias. No hay una unidad de reporte especificada para este código o sus subdivisiones (8703.40.00.05 hasta 8703.40.00.90); por lo tanto, es probable que se reporten cantidad y valor. La aplicabilidad de la tasa especial depende del origen del vehículo y del cumplimiento de las reglas del TLC o programa de preferencias específico.

    Tasa de Servicio (Columna 2): 10%

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    Subdivisiones del Código

    8703.40.00.05

    Automóviles y otros vehículos automotores diseñados principalmente para el transporte de personas (distintos de los de la partida 8702), incluidos los monovolúmenes y los coches de carreras: > Otros vehículos, con motor de pistón de combustión interna de encendido por chispa y motor eléctrico como motores de propulsión, distintos de los que pueden cargarse enchufándolos a una fuente externa de energía eléctrica > De una cilindrada no superior a 1.000 cc

    8703.40.00.10

    Automóviles y otros vehículos automotores diseñados principalmente para el transporte de personas (distintos de los de la partida 8702), incluidos los monovolúmenes y los coches de carreras: > Otros vehículos, con motor de pistón de combustión interna de encendido por chispa y motor eléctrico como motores de propulsión, distintos de los que pueden cargarse enchufándolos a una fuente externa de energía eléctrica > De una cilindrada superior a 1.000 cc pero no superior a 1.500 cc

    Código principal
    8703.40.00.15

    Automóviles y otros vehículos automotores diseñados principalmente para el transporte de personas (que no sean los de la partida 8702), incluidos los vehículos familiares y los coches de carreras: > Otros vehículos, con motor de pistón de combustión interna de encendido por chispa y motor eléctrico como motores de propulsión, distintos de los que pueden cargarse enchufándolos a una fuente externa de energía eléctrica > De una cilindrada superior a 1.500 cc pero no superior a 3.000 cc: > Casas rodantes

    Código principal
    8703.40.00.20

    Automóviles y otros vehículos automotores diseñados principalmente para el transporte de personas (salvo los de la partida 8702), incluidos los monovolúmenes y los coches de carreras: > Otros vehículos, con motor de combustión interna de pistón de encendido por chispa y motor eléctrico como motores de propulsión, distintos de los que pueden cargarse enchufándolos a una fuente externa de energía eléctrica > De una cilindrada superior a 1.500 cc pero no superior a 3.000 cc: > Otros: > Nuevos: > Con motores de no más de 4 cilindros

    8703.40.00.30

    Automóviles y otros vehículos automotores diseñados principalmente para el transporte de personas (salvo los de la partida 8702), incluidos los monovolúmenes y los coches de carreras: > Otros vehículos, con motor de pistón de combustión interna de encendido por chispa y motor eléctrico como motores de propulsión, distintos de los que pueden cargarse enchufándolos a una fuente externa de energía eléctrica > De una cilindrada superior a 1.500 cc pero no superior a 3.000 cc: > Otros: > Nuevos: > Con motores de más de 4 cilindros pero no más de 6 cilindros

    8703.40.00.40

    Automóviles y otros vehículos automotores diseñados principalmente para el transporte de personas (salvo los de la partida 8702), incluidos los coches familiares y los coches de carreras: > Otros vehículos, con motor de pistón de combustión interna de encendido por chispa y motor eléctrico como motores de propulsión, distintos de los que pueden cargarse enchufándolos a una fuente externa de energía eléctrica > De una cilindrada superior a 1.500 cc pero no superior a 3.000 cc: > Otros: > Nuevos: > Con motores de más de 6 cilindros

    8703.40.00.45

    Automóviles y otros vehículos automotores diseñados principalmente para el transporte de personas (salvo los de la partida 8702), incluidos los monovolúmenes y los coches de carreras: > Otros vehículos, con motor de pistón de combustión interna de encendido por chispa y motor eléctrico como motores de propulsión, distintos de los que pueden cargarse conectándolos a una fuente externa de energía eléctrica > De una cilindrada superior a 1.500 cc pero no superior a 3.000 cc: > Otros: > Usados

    8703.40.00.50

    Automóviles y otros vehículos automotores diseñados principalmente para el transporte de personas (salvo los de la partida 8702), incluyendo station wagons y coches de carreras: > Otros vehículos, con motor de pistón de combustión interna de encendido por chispa y motor eléctrico como motores de propulsión, distintos de los que pueden cargarse conectándose a una fuente externa de energía eléctrica > De una cilindrada superior a 3.000 cc: > Ambulancias, carruajes fúnebres y furgonetas penitenciarias

    8703.40.00.55

    Automóviles y otros vehículos automotores diseñados principalmente para el transporte de personas (que no sean los de la partida 8702), incluidos los vehículos familiares y los coches de carreras: > Otros vehículos, con motor de pistón de combustión interna de encendido por chispa y motor eléctrico como motores de propulsión, distintos de los que pueden cargarse enchufándolos a una fuente externa de energía eléctrica > De una cilindrada superior a 3.000 cc: > Casas rodantes

    Código principal
    8703.40.00.60

    Automóviles y otros vehículos automotores diseñados principalmente para el transporte de personas (salvo los de la partida 8702), incluidos los vehículos familiares y los coches de carreras: > Otros vehículos, con motor de pistón de combustión interna de encendido por chispa y motor eléctrico como motores de propulsión, distintos de los que pueden cargarse conectándose a una fuente externa de energía eléctrica > De una cilindrada superior a 3.000 cc: > Otros: > Nuevos: > Con motores de no más de 4 cilindros

    8703.40.00.70

    Automóviles y otros vehículos automotores diseñados principalmente para el transporte de personas (salvo los de la partida 8702), incluidos los monovolúmenes y los coches de carreras: > Otros vehículos, con motor de combustión interna de pistón de encendido por chispa y motor eléctrico como motores de propulsión, distintos de los que pueden cargarse enchufándolos a una fuente externa de energía eléctrica > De una cilindrada superior a 3.000 cc: > Otros: > Nuevos: > Con motores de más de 4 cilindros pero no más de 6 cilindros

    8703.40.00.80

    Automóviles y otros vehículos automotores diseñados principalmente para el transporte de personas (salvo los de la partida 8702), incluidos los vehículos familiares y los coches de carreras: > Otros vehículos, con motor de pistón de combustión interna de encendido por chispa y motor eléctrico como motores de propulsión, distintos de los que pueden cargarse enchufándolos a una fuente externa de energía eléctrica > De una cilindrada superior a 3.000 cc: > Otros: > Nuevos: > Con motores de más de 6 cilindros

    8703.40.00.90

    Automóviles y otros vehículos automotores diseñados principalmente para el transporte de personas (salvo los de la partida 8702), incluidos los monovolúmenes y los coches de carreras: > Otros vehículos, con motor de pistón de combustión interna de encendido por chispa y motor eléctrico como motores de propulsión, distintos de los que pueden cargarse enchufándolos a una fuente externa de energía eléctrica > De una cilindrada superior a 3.000 cc: > Otros: > Usados

    Notas de Capítulo y Sección

    Notas del Capítulo

    Arancel Armonizado de los Estados Unidos Revisión 29 (2025) Anotado para Fines de Informes Estadísticos CAPÍTULO 87 VEHÍCULOS OTROS QUE NO SON MATERIAL RODANTE FERROVIARIO O DE TRAM, Y SUS PARTES Y ACCESORIOS XVII 87-1 Notas 1. Este capítulo no cubre el material rodante ferroviario o de tram diseñado únicamente para circular sobre rieles. 2. A efectos de este capítulo, "tractores" significa vehículos construidos esencialmente para remolcar o empujar otro vehículo, aparato o carga, ya sea que contengan o no una disposición subsidiaria para el transporte, en conexión con el uso principal del tractor, de herramientas, semillas, fertilizantes u otros bienes. Las máquinas y herramientas de trabajo diseñadas para adaptarse a tractores de la partida 8701 como equipo intercambiable siguen clasificadas en sus respectivas partidas incluso si se presentan con el tractor, y ya sea que estén montadas en él o no. 3. Los chasis de motor equipados con cabinas se encuentran en las partidas 8702 a 8704, y no en la partida 8706. 4. La partida 8712 incluye todas las bicicletas infantiles. Otras bicicletas infantiles se encuentran en la partida 9503. Nota de Subpartida 1. La subpartida 8708.22.00 cubre: (a) parabrisas delanteros (cristales), ventanas traseras y otras ventanas, enmarcadas; y (b) parabrisas delanteros (cristales), ventanas traseras y otras ventanas, enmarcadas o no, que incorporen dispositivos de calefacción u otros dispositivos eléctricos o electrónicos, cuando son adecuados para usarse únicamente o principalmente con los vehículos de motor de las partidas 8701 a 8705. Notas Adicionales de EE. UU. 1. Los tractocamiones, remolques y semirremolques siguen clasificados por separado en las partidas 8701 y 8716, respectivamente, incluso cuando se importan juntos. 2. A efectos de clasificar las bicicletas según las disposiciones de la partida 8712, el diámetro de cada rueda es el diámetro medido hasta la circunferencia exterior del neumático que está montado en ella o, si no hay ninguno montado, del neumático habitual para dicha rueda. Nota Estadística 1. A efectos de los números de informes estadísticos en las partidas 8701 y 8703, informe como "nuevos" solo aquellos vehículos de motor que han sido producidos o ensamblados pero no han sido vendidos a ninguna persona o entidad que no sea un fabricante, distribuidor o comerciante. Informe como "usados" solo aquellos vehículos de motor cuyo título equitativo o legal ha sido transferido mediante una primera venta de un fabricante, distribuidor o comerciante a un comprador final. Arancel Armonizado de los Estados Unidos Revisión 29 (2025) Anotado para Fines de Informes Estadísticos XVII 87-2

    Notas de la Sección

    SECCIÓN XVII VEHÍCULOS, AERONAVES, NAVES Y EQUIPOS DE TRANSPORTE ASOCIADOS XVII-1 Notas 1. Esta sección no comprende los artículos de las partidas 9503 o 9508, ni los trineos, trineos de bobsleigh, toboganes o similares de la partida 9506. 2. Las expresiones "partes" y "partes y accesorios" no se aplican a los siguientes artículos, ya sean o no identificables como tales para las mercancías de esta sección: (a) Juntas, arandelas o similares de cualquier material (clasificados según su material constituyente o en la partida 8484) u otros artículos de caucho vulcanizado distintos del caucho duro (partida 4016); (b) Partes de uso general, según se define en la nota 2 de la sección XV, de metal base (sección XV) o mercancías similares de plástico (

    Última actualización

    Actualizado por última vez

    November 15, 2025

    Revised every January & July

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