8903.99.21
Botes con motor fuera de borda
Este código cubre lanchas con motor fuera de borda, específicamente aquellas para recreo o deportes. Se utiliza para clasificar estas embarcaciones para importación/exportación, con un arancel general del 1% para socios comerciales estándar, pero potencialmente libre de aranceles para países elegibles con acuerdos comerciales preferenciales, según se detalla en las notas del Capítulo 89.

Medios HTS
Esta clasificación cubre barcos, botes y otras estructuras flotantes, centrándose específicamente en lanchas con motor fuera de borda dentro de la categoría más amplia de yates y otros buques de recreo o deportivos. El código 8903.99.21 identifica estas lanchas con motor fuera de borda, distinguiéndolas de otros tipos de embarcaciones. Existe un desglose adicional basado en el material del casco: 8903.99.21.10 para cascos de metal, 8903.99.21.20 para cascos de plástico reforzado y 8903.99.21.90 para todos los demás materiales de casco; utilice el sufijo que refleje con precisión la construcción del bote. El arancel es generalmente del 1%, pero puede ser libre para mercancías procedentes de socios de acuerdos comerciales elegibles.
| Capítulo | Capítulo 89: Ships, boats and floating structures |
| Sección | Sección XVII: Vehicles, Aircraft, Vessels and Associated Transport Equipment |
Resumen de aranceles
Vista rápida de la información arancelaria disponible para este código HTS.
1%
Standard trade partners (NTR)
Free (A*,AU,BH,CL,CO,D,E,IL,JO,KR,MA,OM,P,PA,PE,S,SG)
Eligible FTA or preference programs
La tasa general de arancel para el código HTS 8903.99.21 (lanchas con motor fuera de borda) es del 1% para socios comerciales estándar (NTR). Sin embargo, una tasa de arancel de Libre se aplica a las importaciones originarias de Australia (AU), Bahrein (BH), Chile (CL), Colombia (CO), Alemania (D), España (E), Israel (IL), Jordania (JO), Corea (KR), Marruecos (MA), Omán (OM), Perú (P), Panamá (PA), Filipinas (PE), Singapur (SG) y otros programas de TLC o preferencias elegibles. Esta tasa se aplica a todas las subdivisiones – 8903.99.21.10 (cascos de metal), 8903.99.21.20 (cascos de plástico reforzado) y 8903.99.21.90 (otros) – según el origen. No se especifican unidades de informe.
Tasa de Servicio (Columna 2): 30%
¿Necesita ayuda con
_
Hable con nuestro equipo para orientación HTS, aduanas y soporte de carga.
Subdivisiones del Código
8903.99.21.10
Yates y otras embarcaciones de recreo o deportivas; botes de remo y canoas: > Otros: > Otros: > Botes con motor fuera de borda > Con cascos de metal
8903.99.21.20
Yates y otras embarcaciones de recreo o deportivas; botes de remo y canoas: > Otros: > Otros: > Lanchas con motor fuera de borda > Con cascos de plásticos reforzados
8903.99.21.90
Yates y otras embarcaciones para placer o deportes; botes de remo y canoas: > Otros: > Otros: > Lanchas con motor fuera de borda > Otros
Notas de Capítulo y Sección
Notas del Capítulo
Notas de la Sección
Última actualización
Actualizado por última vez
November 15, 2025
Revised every January & July
Hable con un especialista HTS
Obtenga apoyo en clasificación, cumplimiento y estrategia de envío.