8906.90.00
Otro
El código HTS 8906.90.00 cubre embarcaciones "otras" como buques de guerra y botes salvavidas (excluyendo botes de remo), específicamente cascos y otros tipos de embarcaciones misceláneas. Este código se utiliza para clasificar estas embarcaciones y generalmente goza de exención de aranceles bajo acuerdos comerciales estándar o programas de preferencia elegibles, según se detalla en el Capítulo 89 sobre barcos, botes y estructuras flotantes.

Medios HTS
Esta clasificación abarca varios buques, incluyendo buques de guerra y botes salvavidas (excluyendo botes de remos), como parte de la categoría más amplia de barcos, embarcaciones y estructuras flotantes. Específicamente, 8906.90.00 clasifica los buques "otros" dentro de este grupo, es decir, aquellos que no están detallados específicamente en otra parte. Este código tiene dos sufijos estadísticos: 8906.90.00.10 para cascos y 8906.90.00.90 para todos los demás buques "otros"; elija el sufijo que mejor refleje el artículo específico que se está reportando: cascos o todo lo demás. Los buques utilizados en comercio internacional o para navegación recreativa por parte de no residentes pueden ser elegibles para entrada libre de impuestos.
| Capítulo | Capítulo 89: Ships, boats and floating structures |
| Sección | Sección XVII: Vehicles, Aircraft, Vessels and Associated Transport Equipment |
Resumen de aranceles
Vista rápida de la información arancelaria disponible para este código HTS.
Free
Standard trade partners (NTR)
No disponible
Eligible FTA or preference programs
La tasa general de deber para el código HTS 8906.90.00 y sus subdivisiones, 8906.90.00.10 (Cascos) y 8906.90.00.90 (Otros), es Libre cuando se originan de Socios Comerciales Estándar (NTR). No se especifican tasas especiales, pero existe elegibilidad para tasas Libres para mercancías que califiquen bajo FTA o programas de preferencia. Las unidades de reporte son “No.”, “t”, o “No.”, lo que significa que la cantidad, toneladas métricas o cantidad, respectivamente, deben declararse para la importación. Los buques utilizados en comercio internacional o para navegación recreativa por no residentes pueden ser admitidos sin entrada formal o pago de aranceles, según la Nota 1 de EE. UU.
Tasa de Servicio (Columna 2): Gratuito
¿Necesita ayuda con
_
Hable con nuestro equipo para orientación HTS, aduanas y soporte de carga.
Subdivisiones del Código
8906.90.00.10
Otras embarcaciones, incluidos buques de guerra y botes salvavidas distintos de los botes de remo: > Otros > Cascos
8906.90.00.90
Otras embarcaciones, incluyendo buques de guerra y botes salvavidas distintos de los botes de remo: > Otro > Otro
Notas de Capítulo y Sección
Notas del Capítulo
Notas de la Sección
Última actualización
Actualizado por última vez
November 15, 2025
Revised every January & July
Hable con un especialista HTS
Obtenga apoyo en clasificación, cumplimiento y estrategia de envío.