9811.00.20
Muestras de bebidas alcohólicas (cada muestra conteniendo no más de 300 mililitros si es una bebida de malta, no más de 150 mililitros si es vino y no más de 100 mililitros si es cualquier otra bebida alcohólica) para ser utilizadas únicamente en los Estados Unidos para solicitar pedidos por personas que importan bebidas alcohólicas en cantidades comerciales
El código HTS 9811.00.20 cubre muestras de bebidas alcohólicas —limitadas en cantidad por tipo— importadas a EE. UU. únicamente para solicitar pedidos a compradores comerciales. Estas muestras entran al país libres de impuestos bajo disposiciones especiales del Capítulo 98, diseñadas para situaciones únicas de importación/exportación.

Medios HTS
Esta disposición se encuentra dentro del Capítulo 98 del Arancel Armonizado, que cubre disposiciones de clasificación especiales. El código 9811.00.20 cubre específicamente muestras de bebidas alcohólicas importadas con fines de solicitud, limitadas a restricciones de volumen específicas dependiendo del tipo de bebida: 300 ml para bebidas maltas, 150 ml para vino y 100 ml para otras bebidas alcohólicas. Estas muestras deben utilizarse únicamente dentro de los Estados Unidos por los importadores que busquen realizar pedidos comerciales. No hay subdivisiones listadas para este código, y no se requiere la presentación de datos estadísticos debido a la ausencia de un sufijo estadístico.
| Capítulo | Capítulo 98: Special classification provisions |
| Sección | Sección XXII: Special Classification Provisions; Temporary Legislation; Temporary Modifications Proclaimed pursuan |
Resumen de aranceles
Vista rápida de la información arancelaria disponible para este código HTS.
Free
Standard trade partners (NTR)
No disponible
Eligible FTA or preference programs
La tasa general de arancel para el código HTS 9811.00.20 es Libre, aplicable a socios comerciales estándar (NTR). No hay tasas especiales o de TLC especificadas, aunque puede existir elegibilidad para programas de preferencia. Este código no tiene subdivisiones o unidades de cantidad especificadas, lo que implica que se aplicarían prácticas comerciales estándar si se importaran estas muestras de bebidas alcohólicas. El arancel se aplica específicamente a muestras de bebidas alcohólicas que cumplan con las restricciones de volumen descritas en la descripción del código – 300ml para bebidas maltas, 150ml para vino y 100ml para otras bebidas alcohólicas – y destinadas únicamente a la solicitud de pedidos dentro de los Estados Unidos.
Tasa de Deber (Columna 2): Gratuito
¿Necesita ayuda con
_
Hable con nuestro equipo para orientación HTS, aduanas y soporte de carga.
Notas de Capítulo y Sección
Notas del Capítulo
Notas de la Sección
Última actualización
Actualizado por última vez
November 15, 2025
Revised every January & July
Hable con un especialista HTS
Obtenga apoyo en clasificación, cumplimiento y estrategia de envío.