9813.00.70
Obras de las bellas artes libres, grabados, fotografías y aparatos filosóficos y científicos traídos a los Estados Unidos por artistas profesionales, conferencistas o científicos que llegan del extranjero para su uso por ellos para exhibición y en la ilustración, promoción y fomento del arte, la ciencia o la industria en los Estados Unidos
El código HTS 9813.00.70 cubre obras de arte, herramientas científicas y artículos relacionados introducidos en EE. UU. por profesionales cualificados. Utilice este código para importaciones temporales destinadas a exhibiciones o a la promoción de arte/ciencia, ya que estos artículos generalmente están libres de aranceles bajo requisitos de fianza específicos y se encuentran dentro de las disposiciones especiales del Capítulo 98.

Medios HTS
Este código se encuentra dentro del Capítulo 98, que cubre disposiciones de clasificación especial y legislación temporal relacionadas con importaciones y exportaciones. Específicamente, el 9813.00.70 cubre obras de arte, grabados, fotografías y equipos científicos introducidos en EE. UU. por profesionales para exhibición o promoción de arte, ciencia o industria. Estos artículos generalmente están exentos de aranceles bajo fianza para importadores elegibles de ciertos países o programas. No hay subdivisiones listadas para este código, y los requisitos de presentación de informes estadísticos dependen del origen y del artículo específico, pudiendo hacer referencia a tasas de otras partes de la tarifa arancelaria.
| Capítulo | Capítulo 98: Special classification provisions |
| Sección | Sección XXII: Special Classification Provisions; Temporary Legislation; Temporary Modifications Proclaimed pursuan |
Resumen de aranceles
Vista rápida de la información arancelaria disponible para este código HTS.
Free, under bond, as prescribed in U.S. note 1 to this subchapter
Standard trade partners (NTR)
Free (AU,BH, CL,IL,JO,KR, MA,OM, P,PA,PE,S,SG)
Eligible FTA or preference programs
La tasa general de deber para el código HTS 9813.00.70 es gratuita, lo que significa que no se aplican aranceles a las mercancías elegibles. Las tasas especiales también son gratuitas para las mercancías originarias de Australia, Bahrein, Chile, Israel, Jordania, Corea, Marruecos, Omán, Perú, Panamá y Singapur, que se benefician de Acuerdos de Libre Comercio (ALC) o programas de preferencia elegibles. Esto se aplica al código principal y a cualquier posible subdivisión, aunque no se especifican subdivisiones. La unidad de cantidad requerida no se especifica, y la presentación de informes estadísticos puede no ser necesaria dependiendo de las mercancías específicas.
Tasa de Deber (Columna 2): Libre, bajo fianza, según lo prescrito en la nota 1 de EE. UU. a este subcapítulo
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Notas de Capítulo y Sección
Notas del Capítulo
Notas de la Sección
Última actualización
Actualizado por última vez
November 15, 2025
Revised every January & July
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