9817.61.01
Prendas de ropa para esquí de competición que, debido a su acolchado, construcción u otras características especiales, están especialmente diseñadas para proteger contra lesiones del deporte de esquí de competición, tales como golpes causados por portales de slalom o caídas (previstas en el subapartado 6101.30.20, 6105.20.20, 6110.11, 6110.12.20, 6110.19, 6110.20.20, 6110.30.30, 6112.20.10, 6114.30.30, 6203.43.15 o 6203.43.35)
Este código cubre ropa especializada para esquí de competición diseñada para la protección contra lesiones durante el deporte. Utilice este código para estas prendas protectoras, las cuales pueden estar sujetas a un arancel del 5.50% para socios comerciales generales, o estar libres de aranceles dependiendo del país de origen, según se detalla en el Capítulo 98.

Medios HTS
Esta disposición se encuentra dentro del Capítulo 98, que cubre las disposiciones de clasificación especial y los artículos devueltos después de la exportación. Específicamente, el 9817.61.01 cubre la indumentaria para carreras de esquí diseñada para proteger contra lesiones, que presenta acolchado, construcción u otras características especiales, según se define en otras disposiciones específicas. No hay subdivisiones enumeradas para este código, lo que significa que se aplica al alcance completo de la indumentaria protectora para carreras de esquí, como se describe. La presentación de informes estadísticos requiere hacer referencia al código de 10 dígitos junto con el número de informe estadístico de la disposición de la que se deriva el arancel, y utilizar la misma unidad de cantidad.
| Capítulo | Capítulo 98: Special classification provisions |
| Sección | Sección XXII: Special Classification Provisions; Temporary Legislation; Temporary Modifications Proclaimed pursuan |
Resumen de aranceles
Vista rápida de la información arancelaria disponible para este código HTS.
5.50%
Standard trade partners (NTR)
Free (AU,BH,CL,CO,JO,KR,MA,OM,P,PA,PE,S,SG) The rate applicable in the absence of this heading (A,D,E,IL)
Eligible FTA or preference programs
La tasa general de arancel para el código HTS 9817.61.01 es del 5.50% aplicable a importaciones de países con “Standard trade partners (NTR)”. Tasas especiales de Libre se aplican a mercancías originarias de Australia, Bahrein, Chile, Colombia, Jordania, Corea, Marruecos, Omán, Panamá, Paraguay, Perú, Singapur y otros enumerados, siempre que cumplan los requisitos de elegibilidad bajo Acuerdos de Libre Comercio o programas de preferencia. No se especifican unidades para este código, ni se enumeran subdivisiones, lo que significa que el arancel se aplica como se indica para toda la partida.
Tasa de Deber (Columna 2): La tasa aplicable en ausencia de este encabezado
¿Necesita ayuda con
_
Hable con nuestro equipo para orientación HTS, aduanas y soporte de carga.
Notas de Capítulo y Sección
Notas del Capítulo
Notas de la Sección
Última actualización
Actualizado por última vez
November 15, 2025
Revised every January & July
Hable con un especialista HTS
Obtenga apoyo en clasificación, cumplimiento y estrategia de envío.